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ACTUALIDAD VERI*FACTU · GUÍA PRÁCTICA

VERI*FACTU 2027: qué tienes que tener listo antes del 1 de enero (sociedades) y del 1 de julio (autónomos)

Las sociedades deben adaptar sus sistemas antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados antes del 1 de julio. Qué revisar desde ahora.

Calendario de adaptación a VERI*FACTU para sociedades y autónomos en 2027
Dos fechas, un trabajo previo: saber cómo vas a emitir las facturas nuevas.

Qué cambia en cada fecha

El Real Decreto-ley 15/2025 desplazó el calendario de adaptación. La AEAT recoge ahora dos hitos: sociedades antes del 1 de enero de 2027 y resto de obligados antes del 1 de julio de 2027. No debe reutilizarse el calendario anterior de 2026.

La primera tarea es confirmar que tu actividad y tu situación tributaria están dentro del ámbito. El SII, los regímenes forales y determinadas operaciones requieren una revisión específica. Clasificarte solo como empresa o autónomo no sustituye ese análisis.

Qué debe estar decidido antes de la fecha

Necesitas saber desde qué aplicación se emitirán las facturas, quién revisará los datos y cómo se tratarán las rectificaciones. Si mantienes un programa antiguo para consultar el histórico, separa claramente esa función de la emisión de facturas nuevas.

También conviene probar una operación normal y otra que suela causar incidencias. Una adaptación real incluye numeración, impuestos, destinatarios, registro, QR y respuesta de remisión; no se limita a que aparezca una etiqueta VERI*FACTU en una pantalla.

Manual, CSV o API

VerifacturDocs plantea tres vías con el mismo resultado: crear la factura manualmente, generarla desde un CSV o comunicar los datos mediante API. La elección depende de dónde nacen hoy tus datos y del volumen, no de una preferencia técnica abstracta.

Una pyme con pocas facturas puede trabajar manualmente. Quien ya prepara lotes en una hoja de cálculo puede utilizar CSV. Una empresa con ERP, e-commerce o software propio puede estudiar una conexión por API y conservar el resto de su operativa.

El histórico no obliga a migrarlo todo

Cambiar la emisión futura no significa convertir las facturas antiguas en nuevas. El histórico debe seguir accesible y conservarse conforme a las obligaciones aplicables, pero puede permanecer en el sistema anterior si este deja de utilizarse para expedir facturas.

Documenta la fecha de corte, la última serie utilizada y dónde se consulta cada periodo. Esa decisión reduce duplicados y evita mezclar documentos emitidos con datos trasladados únicamente para consulta.

Comprobación mínima

  • Ámbito y fecha aplicable confirmados
  • Vía elegida: manual, CSV o API
  • Fecha de corte y numeración acordadas
  • Histórico accesible sin volver a emitirlo
  • Prueba de factura, registro, QR y remisión

Un calendario interno que sí puedas cumplir

Trabaja hacia atrás desde tu fecha legal. Reserva tiempo para elegir la vía de entrada, preparar datos, probar operaciones y corregir incidencias. La puesta en marcha interna debería ocurrir antes del límite para que el primer día obligatorio no coincida con el primer uso real.

Guarda evidencia de las decisiones: versión utilizada, fecha de corte, responsables y resultado de las pruebas. Ese expediente sencillo permite explicar cómo se organizó el cambio y evita que el conocimiento quede solo en la persona que coordinó el proyecto.

Guía de aplicación paso a paso

Confirma el ámbito antes de comprar. Reúne el impuesto por el que tributa el negocio, el territorio aplicable y si utiliza el SII. Contrasta esos datos con tu asesoría. La forma jurídica orienta, pero no resuelve por sí sola todas las exclusiones ni particularidades que pueden afectar al calendario.

Haz un inventario de la facturación. Anota qué programas emiten documentos, qué hojas preparan datos, cuántas series existen y quién autoriza cada emisión. Incluye facturas recurrentes, rectificativas y operaciones menos frecuentes. El inventario evita que el proyecto se limite al programa principal y deje fuera un circuito secundario.

Elige la entrada adecuada. Compara manual, CSV y API con operaciones reales. La vía manual reduce preparación técnica; el CSV aprovecha datos agrupados; la API conecta un origen mantenido. Calcula el trabajo posterior, incluidos rechazos y conciliación, antes de decidir por comodidad inicial.

Prueba y documenta. Utiliza datos ficticios o autorizados y conserva una ficha de cada prueba: origen, resultado, incidencia y corrección. Comprueba factura, QR, registro y remisión. Repite la prueba si cambia la versión, la configuración o el formato de entrada.

Fija una fecha de corte. Decide qué día y qué serie marcan el inicio del nuevo proceso. Comunícalo a administración, ventas y asesoría. Revisa los borradores abiertos para que ninguna operación quede duplicada o termine emitiéndose desde el sistema anterior después del cambio.

Ejemplo práctico

Una sociedad que emite desde un programa sin soporte no necesita esperar al 31 de diciembre. Puede fijar noviembre para probar un CSV o una API, diciembre para operar con un grupo controlado y enero para utilizar el nuevo recorrido. Un autónomo con menos volumen puede seguir el mismo criterio con más margen hasta julio. En ambos casos, la obligación se convierte en una secuencia comprobable y no en una compra de última hora.

Antes de cerrar la decisión

La fecha legal es el final del recorrido, no el momento de empezarlo. Una planificación razonable reserva margen para corregir datos, formar a las personas y repetir pruebas. Si intervienen varios proveedores, asigna un responsable interno que mantenga la visión completa y evite que cada parte dé por resuelto únicamente su componente.

Revisa el plan cada mes y con mayor frecuencia al acercarse la fecha. Actualiza solo lo que haya cambiado y conserva decisiones anteriores. El objetivo es llegar al periodo obligatorio con una forma de trabajo conocida, no estrenar a la vez programa, series, procedimientos y soporte.

Preguntas frecuentes

¿Todas las sociedades tienen el mismo plazo?

El 1 de enero de 2027 es el plazo general para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el ámbito del reglamento. Deben revisarse exclusiones y situaciones específicas, como el SII o territorios forales.

¿Hay que trasladar todas las facturas antiguas?

No se desprende una obligación general de reemitir el histórico. Debes conservarlo y poder consultarlo, mientras defines una fecha clara para que las facturas nuevas salgan del sistema adaptado.

Fuentes consultadas

Contenido informativo. La aplicación de la norma depende de la situación de cada negocio.

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